Aquel por el cual el contratado recibe una formación a la vez que presta un trabajo a un empresario que le retribuye el mismo con un salario proporcional al número de horas efectivamente trabajadas.
Este tipo de contrato puede hacerse a personas mayores de 16 años y menores de 20, formalizado por escrito y con una duración no menor de 3 meses ni mayor de 3 años; indicando en el contrato la distribución de la jornada en enseñanza y trabajo efectivo.
Este tipo de contrato no puede realizarlo el empresario con parientes hasta 2º grado de afinidad.
Código numérico que la Tesorería General de la Seguridad Social asigna a los empresarios y demás sujetos responsables del pago de cuotas al Sistema de la Seguridad Social. Se corresponde con los antiguos números patronales y de inscripción.
Proceso de creación de una reserva de candidatos para un determinado puesto de trabajo; el primer paso del proceso de contratación.
Conjunto de actividades y procesos encaminados a obtener, de acuerdo a la legislación, el numero suficiente de personas adecuadas en el momento y lugar oportunos, de forma que tanto las personas como la organización puedan elegir en función de sus intereses a corto y largo plazo.
Lesión corporal que sufre el trabajador con ocasión o por el desempeño de un proceso de trabajo ejecutado por cuenta ajena. Incluye:
- Los que se producen al ir o volver del centro de trabajo (In itinere)
- Los ocurridos en el desempeño de cargos sindicales o de gobierno de las Entidades Gestoras.
- Los producidos en actos de salvamento relacionados con el trabajo.
Se define por el Estatuto de los Trabajadores, como una unidad productiva con organización específica, que se da de alta como tal ante la autoridad laboral.